Retoque detectado en la foto
La NIA prohíbe expresamente los filtros de embellecimiento, el suavizado de piel, el agrandado de ojos y el afinado del rostro. Use el archivo sin editar de la cámara.
China's National Immigration Administration (NIA) applies one of the strictest photo specifications in Asia: 33 × 48 mm portrait, plain white background, head 50-66% of frame, no smile, no facial retouching. This guide covers the seven most common reasons applications are rejected.
Fast diagnosis
The three highest-frequency China visa photo rejections are: any visible photo retouching (skin smoothing, eye enhancement, face slimming filters), ears not visible behind hair, and a non-neutral expression. NIA explicitly flags beautification filters as a top rejection cause.
La NIA prohíbe expresamente los filtros de embellecimiento, el suavizado de piel, el agrandado de ojos y el afinado del rostro. Use el archivo sin editar de la cámara.
La NIA exige que ambas orejas se vean en el encuadre. La solución es recoger el cabello tras las orejas o llevar el pelo corto.
La boca debe estar cerrada; nada de sonrisa. La NIA lo aplica con rigor.
La NIA admite blanco o "azul claro" pero rechaza blanco roto, gris o crema. El blanco es la opción más segura.
Las cejas deben quedar totalmente visibles. El cabello sobre la frente es una de las principales causas de rechazo.
Se exige un pequeño margen sobre la coronilla. Un recorte que toca la parte superior del cabello no se admite.
La NIA especifica una foto "reciente" sin indicar meses exactos, pero rechaza fotos claramente antiguas en la cita.
La NIA escanea específicamente en busca de filtros de embellecimiento, algo que la mayoría de las autoridades no hacen. Una foto de móvil que use el modo "smart beauty" por defecto (a menudo activo de forma predeterminada en teléfonos Android en China y en gran parte de Asia) supera los controles de UK y Schengen pero falla en la NIA.
Se admiten pendientes pequeños tipo botón. Pendientes largos, aros o cualquier joya que oculte la oreja son rechazados porque la NIA exige que ambas orejas estén visibles.
La NIA admite las prendas religiosas para cubrir la cabeza (hiyab, turbante) cuando se llevan por motivos religiosos y el contorno facial sigue siendo plenamente visible. Las prendas por moda no se aceptan.
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